miércoles, 29 de mayo de 2013

DIFERENCIA ENTRE IMPUESTO DIRECTO E INDIRECTO

mpuesto directo: tributo que grava los ingresos y el patrimonio de una persona. La mayoría son progresivos ya que su importe va en función de la renta y el patrimonio de quien lo abona.

Impuesto indirecto: tributo que grava la circulación de bienes y servicios. Su tipo impositivo es constante, es decir, su importe no varía en función de la economía de cada persona.
Para la doctrina antigua -STUART- un impuesto es directo cuando se exige su pago a la misma persona que se pretende o se desea que lo soporten económicamente. En cambio, es indirecto cuando se exige su pago a una persona con la intención o la esperanza de que ésta se indemnice a expensas de otra persona. 

Desde esta perspectiva, el IVA es un impuesto indirecto pues, por una parte, su pago se le exige de manera ordinaria a los vendedores de bienes muebles o a los prestadores de servicios independientes (contribuyentes de iure), pero al mismo tiempo se les concede a estos sujetos el derecho de trasladar la carga económica del tributo sobre las personas que adquieran los bienes o servicios gravados (contribuyentes de facto). Este derecho de los vendedores o prestadores de servicios gravados se conoce en doctrina como derecho de traslación o repercusión, y se encuentra consagrado en el encabezamiento del artículo 29 de la Ley en los siguientes términos: «El monto del débito fiscal deberá ser trasladado por los contribuyentes ordinarios a quienes funjan como adquirentes de los bienes vendidos o receptores de los servicios prestados, quienes están obligados a soportarlos»

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